Código de Conducta Ambiental

En virtud del compromiso del Club Náutico de Camariñas de desarrollar una política medioambiental activa y de mejora continua, hemos elaborado, teniendo en cuenta las directrices incorporadas en los programas de otorgamientos del distintivo Bandera Azul, el siguiente Código de Conducta Ambiental que deberá ser observado de forma estricta y con carácter general:

  1. Hacer un uso responsable de los instrumentos de radio y navegación, no arriesgando la seguridad de las personas y/o embarcaciones, avisando, en su caso, de objetos flotantes u otros peligros, y ejerciendo de forma solidaria el deber de auxilio en el mar.
  2. Procurar informarse e informar sobre la localización y características de las áreas sensibles y de importancia científica, así como de las reservas naturales y los ecosistemas protegidos, para evitar así que se les causen daños accidentalmente.
  3. Defender activamente la conservación de la vida en el mar. Respetar los espacios protegidos, los mamíferos marinos y otras especies protegidas, y no perturbar las áreas de anidación de aves. No utilizar artes de pesca o de marisqueo prohibidas, respetar los períodos de veda y no capturar ni consumir ejemplares juveniles o inmaduros.
  4. No degradar los fondos marinos fondeando en zonas sensibles o donde pueda interferir con las actividades o equipamientos de los pescadores y mariscadores. Se deberá respetar las reglamentaciones relativas al buceo y a la pesca submarina.
  5. No adquirir ni utilizar objetos fabricados a partir de especies protegidas (coral, carey, etc.) o procedentes de yacimientos arqueológicos submarinos, cuyo origen o legalidad no sea demostrable.
  6. Mantener el mar, playas y el puerto limpios:
    1. No arrojando ningún material plástico ni otro tipo de basuras al mar o a la playa.
    2. No vertiendo o dejando escapar líquidos nocivos o tóxicos, o cualquier otra sustancia dañina dentro del mar
    3. Promoviendo y/o utilizando la recogida selectiva/reciclado de residuos sólidos en el puerto.
  7. Utilizar, siempre que sea posible, productos que no sean agresivos contra el medio ambiente (pinturas, barnices, anti-fouling, quitapinturas, detergentes, etc.). Depositar los restos de pinturas, barnices y aceites del barco en los recipientes adecuados del puerto para residuos contaminantes, favoreciendo su reciclado o tratamiento especial de forma diferenciada al resto de las basuras o aguas residuales. Utilizar las instalaciones en el puerto para la extracción del agua de sentinas y, en su caso, de WC estancos.
  8. Denunciar, ante las autoridades competentes, cualquier atentado a la legislación marina del que se tenga conocimiento, especialmente los accidentes y contaminación por hidrocarburos u otras sustancias químicas de origen terrestre o el uso de artes de pesca ilegales como las redes de volantas, etc.
  9. Contribuir a una gestión ambiental responsable del puerto de atraque, habitual u ocasional, en relación con los criterios Bandera Azul, cumplimiento de la legislación litoral y ambiental, ahorro de agua y energía, recogida selectiva de basuras, información, educación y formación ambiental del personal técnico y de los usuarios del puerto, implantación de sistemas de gestión ambiental, etc.
  10. Procurar que su comportamiento en la vida cotidiana, en el hogar, el trabajo y la comunidad social sea tan responsable ambientalmente como en el mar, y promover o participar en iniciativas sociales o institucionales que promuevan la investigación, cooperación y/o desarrollo sostenible del litoral.